NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJERO
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DE EXTRANJERO
El número personal será el identificador del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o tramiten, así como las diligencias que se estampen en su tarjeta de identidad o pasaporte.
Se admitirán las siguientes solicitudes de asignación de NIE:
• Las presentadas en España personalmente por el interesado.
• Las que se presenten en las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares
españolas ubicadas en el país de residencia del solicitante.
Para la asignación del citado número deberán aportar los siguientes documentos:
• Impreso-solicitud normalizado.
• Pasaporte completo, tarjeta de identidad o documento acreditativo de su nacionalidad.
Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales, se relacionen con España, serán dotados, a efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.